· Incendio
· Responsabilidad Civil
· Comprensiva - Ascensores - Calderas - Guarda de vehículos
· Responsabilidad Civil Linderos
· Cristales - Dinero del cobro de expensas.
· ART/Vida Del personal en relación de dependencia.
· Daños por agua
¿Es obligatorio?
¿Qué opciones de cobertura tengo?
Teniendo en cuenta las características de las nuevas construcciones y las necesidades de cada administración, usted puede contar con coberturas de incendio, robo, responsabilidad civil, cobertura para ascensores, cristales y equipos electrónicos, entre otros.
¿Quién puede contratarlo?
Solo podrá suscribir el seguro quien sea el administrador designado, presentando una copia del “Acta de administrador”.